Debida diligencia pública · Subsidios y ayudas

Debida diligencia de subsidios y ayudas.

Verificación caso a caso de los beneficiarios de subsidios, ayudas y programas del Estado: que cada beneficio llegue a quien cumple los criterios del programa, con aclaración individual de la persona y expediente trazable. Para entidades públicas, empresas del Estado y organizaciones que ejecutan recursos públicos o de cooperación en Colombia.

Conozca el proceso
Magnitud documentada

El propio Sisbén clasifica como pobres a hogares que no lo son.

No es una hipótesis: lo midió el Departamento Nacional de Planeación al contrastar lo que los hogares declararon con los registros administrativos del Estado.

1.982.297

Hogares del Sisbén IV con error de inclusión: al actualizar la base con registros administrativos pasaron a un grupo de menor pobreza. Es el 14,5 % de 13.663.846 hogares, y 588.390 de ellos pasaron al grupo D (no pobre).

DNP · mayo de 2024
49,9 %

Error de inclusión por pobreza monetaria en el Sisbén III en 2015, entre personas con puntaje inferior a 50. En 2010 era 46,8 %.

CONPES 3877 de 2016
3,5 millones

Hogares que reciben subsidios sin ser considerados pobres o vulnerables, 540.000 de ellos en estrato 1.

DNP · junio de 2023

El instrumento nacional ordena y clasifica, pero no decide quién ingresa, permanece o sale de cada programa. Verificar a cada persona frente a los criterios propios del programa continúa a cargo de quien lo ejecuta.

Estas cifras miden errores de inclusión con definiciones distintas y no son comparables entre sí. Tampoco equivalen a fraude: una parte obedece al diseño del instrumento y otra a información desactualizada.

La brecha

Del cruce masivo al caso individual.

Un cruce de bases señala una inconsistencia; no la explica. Retirar o negar un beneficio exige una decisión caso a caso, con notificación, oportunidad de defensa y motivación. La debida diligencia cubre ese tramo.

DimensiónCruce masivo de registrosVerificación caso a caso
AlcanceToda la base, con la periodicidad del instrumento.Las personas que la entidad seleccione, bajo demanda.
CriteriosGenerales del instrumento de focalización.Causales propias del reglamento del programa.
ResultadoMarca o clasificación del registro.Discrepancia documentada, con fuente y aclaración de la persona.
ContradicciónPosterior, ante la entidad.Traslado y aclaración antes del reporte.
TrazabilidadDepende de cada entidad.Expediente digital con huella SHA-256.

El servicio es complementario del instrumento nacional de focalización. No lo sustituye.

Servicio

Tres momentos de uso.

Comprueba, persona por persona, que el beneficio llegue a quien cumple los criterios del programa. Se configura con las reglas de cada programa y solo reporta lo que esas reglas consideran relevante.

Momento 1

Diagnóstico

Medición del error de inclusión del programa sobre una muestra, para dimensionar la verificación completa.

Momento 2

Previa a la asignación

Verificación de los solicitantes antes de reconocer el beneficio.

Momento 3

Permanencia

Verificación periódica de quienes ya lo reciben, con la frecuencia que fije la entidad.

Entidades públicas

Nacionales y territoriales

Insumo para la actuación del funcionario competente y para la descripción de la necesidad en los estudios previos.

Empresas del Estado

Programas, beneficios y contratación

Soporte documentado para las decisiones sobre beneficiarios y contrapartes, disponible ante control interno y órganos de control.

ONG y operadores

Recursos públicos o de cooperación

Soporte verificable de la elegibilidad de cada beneficiario y de la idoneidad de cada proveedor ante el financiador.

Organismos internacionales

Programas ejecutados en Colombia

Debida diligencia de beneficiarios, socios implementadores y proveedores, bajo el marco normativo colombiano.

Proceso

Un solo proceso, de principio a fin.

La entidad define qué se verifica. Novvai contrasta, documenta y traslada cada discrepancia al interesado para que la aclare. La decisión es siempre de la entidad.

01 Criterios Los fija la entidad 02 Consentimiento Firmado electrónicamente 03 Verificación Evidencia independiente 04 Aclaración El interesado es oído 05 Reporte Hechos documentados 06 Decisión De la entidad
Recorrido de un caso

Antes de consultar cualquier dato, la persona otorga su consentimiento para el tratamiento de su información y lo firma electrónicamente, tras validar su identidad. El consentimiento firmado queda con sello de tiempo y puede verificarlo un tercero. Ley 1581 de 2012 · Decreto 1377 de 2013 · Ley 527 de 1999, art. 7 · Decreto 1074 de 2015, arts. 2.2.2.47.1 y 2.2.2.47.4

Cuando la residencia es un requisito del programa, la verificación incluye una visita domiciliaria inteligente y georreferenciada, que la persona realiza desde su propio dispositivo. Está potenciada por inteligencia artificial y cuenta con métodos seguros de autenticación ambiental. Es voluntaria y tiene una alternativa presencial.

La verificación es proporcional: se consulta lo necesario para el criterio en discusión, y nada se reporta sin haberlo trasladado antes al interesado.

Todas las líneas de Novvai operan sobre la misma suite de inteligencia artificial. La IA acelera el contraste y la consolidación de la evidencia; cada hallazgo lo valida un analista.

Los criterios, las fuentes y los protocolos de verificación no se publican. Se definen con cada organización y se comparten bajo confidencialidad, para preservar la eficacia de la verificación.

Garantías

Garantías de quien es verificado.

Una discrepancia es un hecho que requiere aclaración, no una imputación. El servicio está diseñado para que la entidad decida con el expediente completo y el interesado haya sido oído.

Debido proceso

Traslado y contradicción

Toda discrepancia se comunica a la persona, con la oportunidad de explicarla y aportar documentos antes de que llegue al reporte.

Constitución, art. 29 · Ley 1437 de 2011
Decisión humana

Hechos y fuentes, no puntajes

El reporte describe hechos documentados. No asigna puntajes de riesgo ni probabilidades de fraude. Novvai no adopta ni propone decisiones sobre el beneficio.

Sentencia C-748 de 2011
Buena fe

Presunción de buena fe

Una discrepancia es un hecho que requiere aclaración, no una imputación. Muchas tienen una explicación legítima.

Constitución, art. 83
Habeas data

Finalidad limitada

El tratamiento de los datos se limita a verificar los criterios del programa. La persona conserva sus derechos de consulta, rectificación y reclamo.

Ley 1581 de 2012
Datos sensibles

Autorización explícita

Los datos sensibles solo se tratan con autorización explícita de la persona, que siempre dispone de una vía alterna.

Decreto 1377 de 2013, art. 6
Proporcionalidad

Solo lo necesario

La verificación se limita a lo que el criterio en discusión exige, con supervisión de un analista identificado.

Sentencias C-022 de 1996 y C-093 de 2001
Plataforma

El caso completo, de principio a fin.

La plataforma gestiona cada caso desde su inicio hasta la decisión final y sus recursos. La automatización cubre el trámite, el registro y la entrega, no la decisión.

Para la persona

Canal de aclaración y defensa

Recibe cada discrepancia con su fuente, presenta explicaciones, adjunta documentos y solicita entrevista. Todo queda con constancia y marca de tiempo.

Para el funcionario

Gestión del debido proceso

Ordena por caso los traslados, las respuestas y las constancias, y conforma el expediente que la entidad requiere para su actuación.

Para el control

Auditoría

Registra cada consulta, acceso y actuación con huella SHA-256, de modo que un tercero pueda reconstruir qué se hizo, cuándo y con qué fuente.

Para la entidad

Reportes y tablero

Reporte de cada caso y análisis agregados del programa: casos verificados, discrepancias aclaradas y no aclaradas, tiempos por etapa y recursos.

Para el programa

Reasignación de cupos

Registra los cupos que se liberan para que la entidad los reasigne a hogares elegibles en espera, conforme a las reglas del programa.

Para la oficina jurídica

Documentos tipo

Modelos de comunicación de inicio, traslado de discrepancias, acto motivado y resolución de recursos, ajustables por la entidad.

Resultado

Qué se entrega y qué no se afirma.

Salida 1

Sin discrepancias

Las fuentes consultadas no mostraron hechos contrarios a los requisitos. No certifica que la persona esté correctamente focalizada.

Salida 2

Con discrepancias para valoración

Cada discrepancia con su fuente, su fecha y la aclaración de la persona, para la valoración individual del funcionario competente.

Alcance del reporte. El resultado es un insumo para la decisión de quien responde por el programa. No reemplaza la actuación de la entidad ni califica conductas: esa valoración corresponde exclusivamente a la autoridad competente.

Seguridad de la información. Cifrado en tránsito (TLS 1.3) y en reposo (AES-256), acceso por roles y bitácora de auditoría. Sistema de gestión certificado en ISO 9001, ISO/IEC 27001 e ISO/IEC 27701 por ICONTEC, con reconocimiento IQNET. Ver certificados.

Contenido de referencia. No constituye concepto jurídico ni oferta vinculante. La aplicación a cada programa debe validarla la oficina jurídica de la entidad frente a su norma de creación y su reglamento operativo.

Cada recurso, a quien corresponde.

Solicite la propuesta técnica y el marco normativo para su programa.

Otras líneas de servicio