Contraste de lo que el solicitante declara sobre su identidad, su arraigo y el propósito de su viaje con evidencia independiente, con aclaración individual y expediente trazable. Para secciones consulares, autoridades migratorias y organizaciones que patrocinan o avalan solicitantes en Colombia.
La entrevista y los documentos muestran lo que el solicitante presenta. No siempre permiten comprobar, en el tiempo disponible, que corresponda a su situación real.
Ocupación, ingresos, vínculos familiares y propósito del viaje los informa el propio solicitante.
El volumen de solicitudes deja poco margen para verificar cada caso antes de la entrevista.
El error tiene costo en ambos sentidos: negar a quien cumple o aprobar a quien no cumple.
El análisis no reemplaza la entrevista: entrega al funcionario, antes de ella, lo que se pudo comprobar y lo que el solicitante aclaró.
| Dimensión | Revisión documental y entrevista | Análisis caso a caso |
|---|---|---|
| Base | Documentos que aporta el solicitante. | Evidencia independiente de lo que el solicitante declara. |
| Pregunta | Si los requisitos están completos. | Si lo declarado es consistente con lo observado. |
| Resultado | Apreciación del funcionario. | Hallazgos documentados, cada uno con su fuente. |
| Contradicción | Durante la entrevista. | Aclaración del solicitante antes del reporte. |
| Trazabilidad | Depende de cada autoridad. | Expediente digital con huella SHA-256. |
El servicio complementa el criterio de la autoridad. No lo sustituye.
El alcance lo define la autoridad o la organización que contrata, según sus propios criterios de evaluación.
El funcionario recibe el expediente verificado antes de atender al solicitante.
Para los casos que la autoridad decida examinar con mayor detalle.
Antes de que una organización respalde la solicitud de una persona.
Insumo para la decisión del funcionario consular sobre cada solicitud.
Soporte documentado para decisiones sobre ingreso y permanencia.
Empresas, instituciones educativas y programas de movilidad que avalan a un solicitante.
La autoridad define qué se verifica. Novvai contrasta lo declarado, documenta y traslada cada discrepancia al solicitante para que la aclare. La decisión es siempre de la autoridad.
Antes de consultar cualquier dato, el solicitante otorga su consentimiento para el tratamiento de su información y lo firma electrónicamente, tras validar su identidad. El consentimiento firmado queda con sello de tiempo y puede verificarlo un tercero. Ley 1581 de 2012 · Decreto 1377 de 2013 · Ley 527 de 1999, art. 7 · Decreto 1074 de 2015, arts. 2.2.2.47.1 y 2.2.2.47.4
La verificación es proporcional: se consulta lo necesario para el criterio en discusión, y nada se reporta sin haberlo trasladado antes al solicitante.
Todas las líneas de Novvai operan sobre la misma suite de inteligencia artificial. La IA acelera el contraste y la consolidación de la evidencia; cada hallazgo lo valida un analista.
Los criterios, las fuentes y los protocolos de verificación no se publican. Se definen con cada organización y se comparten bajo confidencialidad, para preservar la eficacia de la verificación.
Una discrepancia es un hecho que requiere aclaración, no una imputación. El análisis está diseñado para que la autoridad decida con el expediente completo.
El análisis describe hechos documentados. Novvai no aprueba ni niega visados.
Toda discrepancia se comunica al solicitante, con la oportunidad de explicarla y aportar documentos.
Ningún criterio de verificación usa sexo, pertenencia étnica, religión, orientación sexual ni discapacidad.
El tratamiento se limita al análisis de la solicitud, con autorización del titular.
Ley 1581 de 2012La verificación se limita a lo que el criterio en discusión exige, con supervisión de un analista identificado.
Cifrado en tránsito y en reposo, acceso por roles y bitácora de auditoría, bajo un sistema de gestión certificado en ISO/IEC 27001 e ISO/IEC 27701.
Contenido de referencia. No constituye concepto jurídico ni oferta vinculante.
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